Principios en los que se basa la actuación Comunitaria en el ámbito de las personas con discapacidad:
.Tratado de Lisboa por el que se modifican el Tratado de la Unión Europea y el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea. [ ]
· Tratado de la Comunidad Europea, modificado por el Tratado de Amsterdam:
1. Art. 13: "Sin perjuicio de las demás disposiciones del presente Tratado y dentro de los límites de las competencias atribuidas a la Comunidad por el mismo, el Consejo, por unanimidad, a propuesta de la Comisión y previa consulta al Parlamento Europeo, podrá adoptar acciones adecuadas para luchar contra la discriminación por motivos de sexo, de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual".
2. Declaración nº22"Relativa a las personas discapacitadas": "La Conferencia conviene en que las instituciones comunitarias, al elaborar medidas con arreglo al artículo 95 del Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea, deberán tener en cuenta las necesidades de las personas discapacitadas".
· Consejos Europeos: Principios políticos:
1. Consejo Europeo de Lisboa: (conclusiones de la presidencia)
Celebrado en el mes de marzo de 2000, se subrayó la necesidad de tomar medidas para dar un impulso decisivo en la lucha contra toda forma de exclusión y de discriminación para favorecer la integración social.
2. Consejo Europeo de Niza: (conclusiones de la presidencia)
Celebrado en diciembre 2000, se volvió a recoger el objetivo marcado en la Cumbre de Lisboa y en el que se recogieron los siguientes metas a alcanzar:
- Desarrollar en cada uno de los Estados miembros, de aquí a junio de 2001, como aplicación del método abierto de coordinación que definió el Consejo Europeo de Lisboa, un plan nacional de acción para luchar contra la pobreza y la exclusión social que abarque un período de dos años, sobre la base de los objetivos adoptados en común. Dicho plan especificará los progresos previstos por las políticas nacionales, y mencionará los indicadores utilizados para evaluar los resultados de las acciones emprendidas. Avanzar, a partir de 2001, sobre la base de los indicadores seleccionados por cada Estado en su plan nacional de acción, para dar coherencia a dichos indicadores y definir unos indicadores establecidos de común acuerdo.
- Utilizar las posibilidades que ofrecen las nuevas tecnologías de la información y de la comunicación para reducir la exclusión social, fomentando el acceso de todos a la sociedad del conocimiento; y, a tal fin, aplicar el plan de acción de la Comisión "e-Europa 2002- una sociedad de la información par todos", aprobado por el Consejo Europeo de Feira.
- Evaluar la incidencia del FSE, incluida la iniciativa EQUAL, en el fomento de la integración social.
- Velar por la aplicación efectiva de la legislación comunitaria en lo que se refiere a la lucha contra toda forma de discriminación por motivos de sexo, raza u origen étnico, religión o convicciones, minusvalía, edad u orientación sexual. Desarrollar intercambios de experiencias y buenas prácticas para reforzar dichas políticas.
- Desarrollar, en particular con ocasión del Año europeo de las personas con discapacidad (2003), todas las acciones tendentes a garantizar una mejor integración de las personas minusválidas en todos los ámbitos de la vida social.
- Crear las condiciones para llevar a cabo una asociación eficaz con los interlocutores sociales, las organizaciones no gubernamentales. Implicar a las empresas en dicha asociación para reforzar su responsabilidad social.
ONU:
-Normas uniformes de Naciones Unidas sobre la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad.
--Conclusiones del Consejo del 1 y 2 de diciembre de 2003 sobre el Año Europeo de las personas con discapacidad y del fomento de la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad. [DO L 335 19/12/2001]
-Situación de las personas con discapacidad en la Unión Europea ampliada: el plan de acción europeo 2006-2007. [COM (2005) 604 final] Bruselas, 28.11.2005.
- Sobre la puesta en práctica, los resultados y la evaluación general del Año Europeo de las personas con discapacidad 2003 (presentada por la Comisión de conformidad con el artículo 13 de la Decisión 2001/903/CE del Consejo) [COM (2005) 486 final]
Disposiciones de la UE , año 2007 :
-- Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea. [DOUE de 14 de diciembre de 2007]
-- DECISIÓN Nº 1350/2007/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de octubre de 2007 por el que se establece el segundo Programa de acción comunitaria en el ámbito de la salud (2008-2013). [DOUE de 20 de noviembre de 2007]
-- Dictamen del Comité Económico Social Europeo sobre "El papel de los interlocutores sociales en la conciliación de la vida profesional, familiar y privada". [DOCE de 27 de octubre de 2007]
-- Resolución legislativa del Parlamento Europeo respecto a la Posición Común del Consejo con vistas a la adopción del Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a los derechos y las obligaciones de los viajeros internacionales de ferrocarril (5892/1/2006 - C6-0311/2006 - 2004/0049 (COD)). [DOCE de 18 de octubre de 2007]
-- Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre "La futura legislación sobre la accesibilidad electrónica". [DOCE de 27 de julio de 2007]
-- Resolución del Consejo de 25 de junio de 2007 sobre una nueva estrategia comunitaria de salud y seguridad en el trabajo (2007-2012). [DOCE de 30 de junio de 2007]
-- Decisión nº 779/2007/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de junio de 2007 por la que se establece, para el período 2007-2013, un programa específico para prevenir y combatir la violencia ejercida sobre los niños, los jóvenes y las mujeres y proteger a las víctimas y grupos de riesgo ( programa Daphne III) integrado en el programa general "Derechos fundamentales y justicia". [DOCE de 3 de julio de 2007]
-- Resolución del Consejo de 25 de junio de 2007 sobre una nueva estrategia comunitaria de salud y seguridad en el trabajo (2007-2012). [DOCE de 30 de junio de 2007] -- Dictamen del Comité de las Regiones "Política de la vivienda y política regional". [DOCE de 30 de junio de 2007] -- Dictamen del Comité de las Regiones "Revisión intermedia del Libro Blanco del transporte de la Comisión Europea de 2001". [DOCE de 30 de junio de 2007] -- Dictamen del Comité de las Regiones sobre el tema "Superar los desequilibrios en la banda ancha" y "Plan de acción sobre administración electrónica i2010". [DOCE de 30 de junio de 2007]
-- Corrección de errores de la Decisión 2007/252/JAI del Consejo, de 19 de abril de 2007, por la que se establece para el período 2007-2013 el programa específico "Derechos fundamentales y ciudadanía", integrado en el programa general "Derechos fundamentales y justicia". [DOCE de 2 de junio de 20007]
-- Dictamen del Comité Económico y Social Europeo "Igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad". [DOCE de 27 de abril de 2007]
-- Decisión del Consejo de 19 de abril de 2007 por la que se establece para el período 2007-2013 el programa específico "Derechos fundamentales y ciudadanía", integrado en el programa general "Derechos fundamentales y justicia". [DOCE de 27 de abril de 2007]
-- Corrección de errores de la Decisión nº 1672/2006/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de octubre de 2006, por el que se establece un programa comunitario para el empleo y la solidaridad social - Progress. [DOCE de 3 de marzo de 2007]
-- REGLAMENTO (CE) nº 168/2007 del Consejo de 15 de febrero de 2007 por el que se crea una Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea. [DOCE de 22 de febrero de 2007]
Legislación Europea
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